Los colectivos deberán incorporar cabina protectora para el conductor
Las empresas de servicios de transporte público urbano y suburbano de pasajeros, de jurisdicción nacional, deberán incorporar un Sistema de Protección Antivandálico para el conductor en sus flotas, de acuerdo con el cronograma que proponga un Comité creado al efecto. La primera etapa de ese cronograma deberá asegurar, en los menores plazos compatibles con la fabricación e instalación del sistema, que los rodados afectados a los servicios nocturnos cuenten con esta protección para el conductor de la unidad.
La medida responde a la necesidad de evitar situaciones de violencia, como las producidas en el área metropolitana de Buenos Aires sobre conductores de ómnibus, para lo que habrá que adoptar medidas precautorias para asegurar las máximas condiciones de confort y seguridad para los trabajadores del volante.
El sistema a instalar deberá generar un espacio protegido -una cabina- del resto del pasaje, de modo de proteger al conductor de hechos vandálicos, con áreas de seguridad transparentes para no restringir la visión. Dicho espacio deberá permitir al chofer tener contacto visual y auditivo con el pasaje, y contar con espacios libres que permitan la ventilación del habitáculo.
Las empresas de transporte automotor de pasajeros de las jurisdicciones provinciales o municipales podrán adherirse voluntariamente a este régimen de Seguridad, establecido por la Secretaría de Transporte.
(DyN)
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