La Corte de La Haya determinó que Uruguay incumplió obligaciones al instalar Botnia pero el tribunal no avanzó con las denuncias por contaminación
La Corte Internacional de Justicia de La Haya (CIJ) consideró hoy que Uruguay incumplió disposiciones del estatuto del río Uruguay al autorizar la instalación de las pasteras Botnia y Ence y de un puerto adyacente en la ciudad de Gualeguaychú.
El tribunal planteó que el país vecino incumplió obligaciones previstas en el estatuto del río Uruguay la Argentina y Uruguay firmaron en 1975. Concretamente, indicó que el país vecino no informó debidamente sobre la construcción de las plantas de celulosa y que "no tenía derecho" a comenzar su construcción mientras estaba en marcha el proceso de negociación con la Argentina. Hizo lugar así a la demanda que nuestro país presentó contra Uruguay en 2006 en la que alegó tres violaciones: una autorización unilateral para la instalación de la planta de celulosa de la firma finlandesa Botnia en Fray Bentos, frente a Gualeguaychú; otra para el caso de la empresa española ENCE (luego desistió de hacerla), también sobre el limítrofe río Uruguay y, por último, la habilitación para construir un puerto para facilitar operaciones.
Por otra parte, la Corte indicó que no tenía elementos para expedirse sobre la contaminación sonora y visual, que también denunció la Argenina, en la zona en la que funciona Botnia.
La sentencia de la CIJ, cuya lectura se realiza en Holanda, es inapelable y vinculante, es decir, deberá ser acatada por ambas partes, sin recurso posible.
El tribunal no se expedirá sobre los bloqueos de la ruta internacional 136 que los vecinos de Gualeguaychú iniciaron en noviembre de 2006, pero dejará poco margen político para la inacción oficial.
Los presidentes Cristina Kirchner y José Mujica preparan un encuentro para las próximas semanas, en el que podrían abordar el fallo y sus consecuencias para ambos países.
2010/04/20
Botnia: Fallo de La Haya
(La Nación)
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